Como ciudadano legal de Estados Unidos, puedes ayudar a tus familiares a obtener un visado. Puedes patrocinar a tus familiares, parientes y ayudarles a convertirse en residentes legales del país. Para obtener un visado, tendrás que demostrar que tienes los ingresos y bienes necesarios para mantener a tus familiares.
Para iniciar la proceso de solicitud de visado tendrás que presentar el formulario I-130 para patrocinar a los miembros de tu familia. El Formulario I-130 se denomina oficialmente Petición para Familiares Extranjeros. Establece que existe una relación familiar válida entre un ciudadano estadounidense o residente permanente y un familiar que solicita la tarjeta verde. Este formulario suele denominarse simplemente petición I-130. Las autoridades competentes determinarán y evaluarán la relación que compartes con el familiar. Investigarán si existe una relación entre tú y los miembros de tu familia y si se cumplen otros requisitos.
Se han dado casos de personas que aportan licencias de matrimonio falsas y otra documentación falsificada como prueba en apoyo de su caso. Las autoridades de inmigración pueden denegar una solicitud fraudulenta y la entrada en el país. Por tanto, antes de iniciar el proceso, debes considerar la posibilidad de consultar con un reputado abogado de inmigración familiar que pueda ayudarte a garantizar que la solicitud se cumplimenta correctamente, está respaldada por la documentación pertinente y puede representarte en cualquier vista o entrevista con los funcionarios de inmigración.
¿Cuánto tarda la aprobación de un I-130?
El tiempo que se tarda en obtener la aprobación del visado depende de tu relación con el familiar.
Hay dos tipos de visados de inmigrante basados en la familia:
- Familiar directo: estos visados se basan en una relación familiar estrecha con un ciudadano estadounidense, como un cónyuge, un hijo o un padre. El número de inmigrantes de estas categorías no está limitado cada año fiscal.
- Preferencia familiar: estos visados son para relaciones familiares específicas, más distantes, con un ciudadano estadounidense y algunas relaciones específicas con un residente legal permanente (LPR). El número de inmigrantes en estas categorías está limitado cada año fiscal.
La mayoría de las peticiones del formulario I-130 para familiares directos se aprueban en un plazo de 5 a 9 meses, pero en algunos casos pueden tardar más. Los visados de preferencia familiar suelen tardar más. El tiempo de tramitación es mayor debido a las limitaciones establecidas por el gobierno. Existe un límite numérico en los visados expedidos cada año. Para las categorías limitadas, la disponibilidad de números de visado de inmigrante depende de la fecha en que se presentó tu petición. Esto se llama tu fecha de prioridad.
Es importante comprender que, aunque los funcionarios del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) aprueben una petición de visado de inmigrante, es posible que el solicitante no reciba un número de visado de inmigrante inmediatamente. Para muchas personas, pueden pasar varios años antes de que la fecha de prioridad sea actual.
¿Presentar una petición por un familiar me compromete a algo?
Según la ley, un familiar sólo puede inmigrar a EE.UU. cuando ha sido patrocinado por un ciudadano estadounidense o un residente legal permanente. Tendrás que aceptar ser patrocinador económico presentando una solicitud en su nombre. Esto significa que serás responsable de su sustento económico si se aprueba el visado. Si no cumples los requisitos económicos, otra persona tendría que comprometerse a patrocinarles.
¿Cómo solicito un visado para los miembros de mi familia?
Hay dos formas de iniciar el proceso de solicitud de visado y ayudar a tus familiares a inmigrar a Estados Unidos. El proceso dependerá de si tu familiar ya vive en EE.UU. o vive actualmente en otro país.
- Cuando tus familiares viven en otro país
Si tus parientes o familiares viven en un país extranjero, puedes iniciar el proceso presentando el Formulario I-130 de petición. Puedes presentar el Formulario I-130 ante el USCIS. Asegúrate de que la información que proporcionas es correcta y de que no hay errores en tu solicitud.
Asegúrate de que la solicitud está debidamente firmada y de que presentas las tasas a tiempo. Tu solicitud puede ser denegada o retrasada si no cumples los plazos específicos. También tendrás que presentar pruebas que establezcan tu relación con el familiar, como una licencia de matrimonio o un certificado de nacimiento.
La solicitud puede ser denegada si hay discrepancias entre tus declaraciones y las conclusiones de los funcionarios de inmigración. Si presentas una petición para varios miembros de la familia, debes aportar los documentos pertinentes a cada relación. Un abogado de inmigración puede ayudarte a obtener documentación acreditativa.
- Cuando tus familiares ya viven en EE.UU.
Si tus familiares ya viven en Estados Unidos y entraron legalmente, pueden presentar una solicitud I-485 para ajustar su estatus a residente legal permanente al mismo tiempo que tú presentas la petición I-130 de familiar. Las peticiones presentadas al mismo tiempo que las solicitudes de residencia permanente (I-485) deben presentarse en un lugar distinto de donde presentarías una petición I-130 por sí misma. Un abogado experto en inmigración puede ayudarte a determinar dónde presentar el formulario.
Una vez presentada la petición, el USCIS te enviará por correo un recibo confirmando que han recibido tu solicitud. Si tu petición está completa y cumple los requisitos, puede ser aprobada por el USCIS. Si está incompleta o no cumple los criterios, pueden solicitar una entrevista o rechazar de plano tu solicitud, lo que retrasará aún más el proceso.
Éste es uno de los motivos por los que resulta útil reunir todos los documentos necesarios antes de iniciar el proceso. Reunir todos los documentos por adelantado garantizará que tu solicitud no sea denegada por falta de documentación.
Puedes obtener información adicional en un Centro Nacional de Visados (NVC) estatal. Incluso puedes seguir el progreso de una solicitud en el sitio web oficial del USCIS. Ponte en contacto con un
