Abogados especializados en visados EB-1(C) en Seattle
Orientación jurídica para clientes que buscan la tarjeta verde EB-1(c)
Si estás interesado en emigrar a Estados Unidos por motivos laborales y ocupar un puesto directivo o ejecutivo en una empresa extranjera que cumpla los requisitos, el visado EB-1(c) puede ser una opción para que obtengas la residencia permanente. Sin embargo, esta categoría de visado conlleva requisitos y criterios de elegibilidad específicos.
Los abogados especializados en el visado E-B1(C) en Seattle del bufete Stelmakh & Associates, LLC, ofrecen una visión general del visado, sus requisitos y las razones por las que los solicitantes pueden querer consultar a un abogado de inmigración con experiencia antes de seguir adelante. Ponte en contacto con nuestro bufete de abogados para responder a todas tus preguntas sobre visados e inmigración.
Ponte en contacto con nosotros en el 206-605-0550 para una consulta inicial y para saber más sobre nuestros servicios de inmigración.
¿Qué es un visado EB-1(C)?
El EB-1(C) es una subcategoría del visado EB-1, que es un visado de inmigrante basado en el empleo, de primera preferencia, reservado a determinadas categorías de trabajadores. Una de estas categorías está reservada a determinados directivos o ejecutivos de multinacionales que deseen trasladarse de una empresa extranjera a una empresa relacionada en Estados Unidos.
Capacidad para obtener la Tarjeta Verde
Este tipo de visado se considera un visado de inmigrante, lo que significa que el titular del visado EB-1(c) puede obtener una tarjeta verde (tarjeta de residente permanente) para sí mismo y para su cónyuge, así como para cualquier hijo soltero menor de 21 años. Una vez obtenido, el visado EB-1(c) permite viajar dentro y fuera de Estados Unidos y asistir a cualquier escuela, colegio o universidad estadounidense.
¿Quién puede obtener un visado EB-1(C) para Estados Unidos?
Para solicitar un visado EB-1(c), el solicitante debe demostrar que ha estado empleado fuera de Estados Unidos durante al menos uno de los tres años anteriores a su solicitud o a su última entrada legal como no inmigrante en Estados Unidos. Su posible empleador estadounidense también debe cumplir determinados requisitos.
El empleador estadounidense debe demostrar que tiene una oferta de trabajo permanente para el beneficiario (trabajador extranjero) en un puesto directivo o ejecutivo, que tiene capacidad para pagar el salario del empleado y que ambas empresas afiliadas (en EE.UU. y en el extranjero) mantienen una relación cualificada. Por último, deben demostrar que el beneficiario estuvo empleado en el extranjero por una organización afiliada durante un año de los tres anteriores antes de venir a EE.UU. con un visado L-1A, O-1A o H-1B.
Requisitos de la entidad en el extranjero
Cabe señalar que la entidad estadounidense puede ser una empresa matriz, filial o afiliada de una empresa extranjera. La entidad en el extranjero y el peticionario deben tener propiedad y control conjuntos.
Las oficinas locales de un empleador extranjero que funcionen como sucursales no pueden ofrecer empleo permanente a un beneficiario (pero una empresa estadounidense con una sucursal en el extranjero puede presentar una petición). Además, la concesión de licencias o franquicias no es suficiente para una petición de tarjeta verde EB-1C, lo que significa que los no ciudadanos que pretendan entrar en EE.UU. para abrir una nueva oficina no pueden optar al EB-1C, pero pueden solicitar el L-1A o el O-1A.
¿Qué considera el USCIS un cargo directivo o ejecutivo?
Función directiva
El cargo directivo incluye a los gestores de personal y funcionales, mientras que la capacidad ejecutiva se centra en el papel de una persona dentro de una organización. Un directivo gestiona un departamento, subdivisión, función o componente de la organización. Por ejemplo, un Director de Proyecto o un Director de RRHH se considera un cargo directivo. Los supervisores de primera línea sólo están cualificados si los empleados supervisados son profesionales (sus trabajos requieren titulación universitaria, y tienen títulos en el campo relacionado).
Función ejecutiva
Un ejecutivo suele ser responsable de la supervisión a gran escala, el establecimiento de objetivos y su aplicación, y el liderazgo empresarial. Por ejemplo, un Consejero Delegado o un Vicepresidente de Tecnología o Finanzas se considerarían funciones ejecutivas.
Un empleado que desempeñe principalmente funciones no directivas o no ejecutivas tampoco puede optar a una Tarjeta Verde EB-1C. Si no estás seguro de si reúnes los requisitos para una EB-1(C), lo mejor es que hables con un abogado de inmigración para comprender tus opciones.
¿También podrán optar a la tarjeta verde los familiares de un titular de un EB-1(C)?
El cónyuge del titular de un visado EB-1(c) y sus hijos menores de 21 años pueden ajustar su situación para obtener la residencia permanente al mismo tiempo que el solicitante u obtener visados de inmigrante en el Consulado de EE.UU. en el extranjero si se aprueba tu petición EB-1C. Esto se conoce como beneficio “follow-to-join”.
Si los familiares del titular de un visado EB-1(C) ya se encuentran legalmente en Estados Unidos, pueden obtener el estatuto de residente permanente presentando una solicitud de ajuste de estatus al mismo tiempo que el solicitante del visado EB-1(C) presenta su solicitud. Si los familiares se encuentran fuera de Estados Unidos, pueden obtener un visado de inmigrante para reunirse con el titular del visado EB-1(C) en Estados Unidos.
¿Por qué debería consultar a un abogado antes de solicitar un EB-1(C)?
Los visados de inmigrante basados en el empleo, como el EB-1(C), son muy competitivos y requieren mucho tiempo y esfuerzo. Algo tan trivial como un error en un formulario o la falta de un documento puede hacer que tu solicitud se retrase o sea rechazada. Si trabajas con un abogado experto en visados EB-1(C) con experiencia en leyes de inmigración, podrás estar más tranquilo sabiendo que tu solicitud y todo el proceso de obtención del visado están siendo preparados y supervisados por un equipo de profesionales expertos.
En Stelmakh & Associates, LLC, prestamos servicios y apoyo en todas las fases del proceso de solicitud de visado. Seguiremos contigo todos los pasos del proceso, desde la preparación de los formularios de inmigración, la redacción de la argumentación jurídica, la recopilación de todas tus pruebas, la impresión y el envío del paquete al USCIS, hasta la asistencia en la cita en cualquier Consulado de EE.UU. una vez aprobada la petición. Eso incluye la preparación y presentación del formulario DS-260, el asesoramiento para la entrevista y la comunicación con el Consulado de EE.UU. en tu nombre. Nuestro bufete también supervisará el estado de tu caso. No tienes por qué enfrentarte solo a los retos de la tramitación
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Si estás pensando en solicitar el EB-1(C), ponte en contacto con nuestros abogados de inmigración en Seattle Stelmakh & Associates, LLC en el 206-605-0550.
